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Qué comida es posible llevar en cabina en el avión o en la maleta de mano
La normativa sobre los equipajes para viajar en el avión ha ido evolucionando, así como las restricciones para determinados productos o sustancias que puedan llevarse en la maleta, equipaje de mano, bolso o mochila.
Concretamente, el transporte de alimentos en avión está regulado por las normas de seguridad aérea (como las de AENA en España o TSA en EE.UU.) y por las aduaneras y de bioseguridad de los países destino. A este respecto, AENA establece que se pueden llevar pequeñas cantidades de líquidos o sustancias de consistencia similar para el consumo personal, salvo la restricción de productos animales y lácteos, mientras cumplan las limitaciones de tamaño y peso establecidas por la compañía. Estos alimentos siempre tienen que ir dentro de los bolsos o bultos de mano que se lleven consigo y el personal de seguridad puede requerir la apertura de los paquetes o envases.
Por su parte, la Unión Europea (UE) también estableció medidas de seguridad que restringen las cantidades de estos productos que los pasajeros pueden llevar consigo al pasar los controles de seguridad en los aeropuertos comunitarios.
Restricción de bebidas y alimentos líquidos
Respecto a los líquidos, hay que tener en cuenta que incluye toda clase de bebidas (agua, zumos, etc.), así como alimentos de consistencia fluida como purés, sopas, yogures, aceites, quesos fundidos, mantequilla y otros alimentos similares.
En este caso, sólo está permitido llevar en tu equipaje de mano pequeñas cantidades, que deberán ir en pequeños envases individuales de capacidad individual no mayor de 100 ml. Cada pasajero tiene que empaquetar estos contenedores en una bolsa transparente de plástico con auto cierre de no más de un litro de capacidad máxima (bolsa de aproximadamente 20 x 20 cm.), para facilitar la inspección en los controles de seguridad.
En el aeropuerto, se tienen que presentar todos los líquidos dentro de la bolsa, separadamente del equipaje de mano, y colocarla en la bandeja proporcionada al efecto en los controles de seguridad, para su examen por parte de los empleados de seguridad.
¿Puedo llevar otra clase de alimentos que no sean líquidos?
La restricción o permiso dependerá del tipo de comida o alimento:
- Los alimentos frescos como carne, marisco, pescado, embutidos, verduras o fruta deben ir bien envasados al vacío o precintados, para que no desprendan ningún líquido u olor.
- La comida casera y alimentos sólidos o secos tienen que ir en un recipiente hermético o en su recipiente original. Por ejemplo, los bocadillos pueden ir en papel transparente o en una caja (preferiblemente evitar el papel de aluminio).
- Sí podrá llevarse en el equipaje de mano comida para bebés, para su uso durante el viaje, presentándolos separadamente en los controles de seguridad, pero no dentro de la bolsa transparente.
Llevar comida en vuelos internacionales
Por norma general, si se viaja entre dos países de la Unión Europea no suele haber restricciones en relación con los alimentos en el avión. Por lo que es posible introducir productos de origen animal y vegetal, puesto que los estados miembros de la UE cumplen con las normas veterinarias comunitarias.
En cambio, si se viaja a la Unión Europea desde un país extracomunitario se aplican procedimientos y controles veterinarios estrictos en base al Reglamento CE 206/2029 de la Comisión Europea.
De todas formas, para vuelos internacionales, siempre es mejor consultar la normativa del país que se visite, ya que muchos alimentos, como productos frescos (carne, pescado...) están prohibidos para evitar así contagios de enfermedades o plagas. Sin embargo, siempre hay algunos alimentos que están permitidos, como los bocadillos, las frutas o ensaladas o los snacks o dulces. La comida fresca siempre recomiendan facturarla y en vuelos a Estados Unidos, mejor no llevar alimentos frescos.
Con estas normas se busca proteger la salud de las personas y animales contra enfermedades infecciosas procedentes de productos de origen animal. En general, la regulación afecta a productos cárnicos, lácteos y sus derivados (quesos, embutidos…), limita el transporte de alimentos con carne o leche (empanadas o pastas rellenas) y de pescados o mariscos.
¿Puedo facturar alimentos?
El equipaje facturado ofrece mayor flexibilidad, ya que no está sujeto a la limitación de 100 ml para líquidos. Esto permite llevar alimentos en cualquier formato, siempre que estén correctamente empaquetados para evitar derrames, olores o daños.
No obstante, es importante aplicar el sentido común. Aunque las normativas no prohíban explícitamente ciertos productos, llevar alimentos que necesiten refrigeración —como carnes frescas o lácteos— puede no ser lo más adecuado, dado que la temperatura en la bodega no siempre se mantiene en condiciones óptimas, lo que podría causar inconvenientes. Por ello, se recomienda utilizar envases herméticos y resistentes, preferiblemente envasados al vacío cuando sea posible.
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