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Convenio de Montreal: el gran escudo del viajero cuando su equipaje se pierde, daña o retrasa
Detrás de cada maleta perdida, rota o retrasada hay una historia. Pero, por suerte, también existe una ley internacional que protege al pasajero: el Convenio de Montreal. Un documento que define los derechos de quienes vuelan y las obligaciones de las aerolíneas.
¿Qué es el Convenio de Montreal?
Se trata de un acuerdo internacional firmado por la mayoría de países del mundo que establece las reglas sobre la responsabilidad de las aerolíneas cuando algo sale mal, es decir, cuando hay daños al pasajero, incidencias con el equipaje, problemas con la carga o retrasos. En la práctica, para cualquier viajero significa saber qué debe pagar la aerolínea cuando la maleta se pierde, se daña o llega tarde. Y es muy conveniente conocerlo.
Cuáles son los límites de indemnización
El Convenio establece un límite máximo de indemnización denominado “Derechos Especiales de Giro (DEG)”, una unidad del Fondo Monetario Internacional que, en el caso del equipaje, se limita a 1.519 derechos especiales de giro, equivale a unos 1.861 € (una cifra que puede variar ligeramente cada año).
Ese tope cubre la pérdida total del equipaje facturado, los daños y los retrasos, y la aerolínea debe compensar al pasajero hasta ese límite, eso sí, siempre que la maleta estuviera facturada, se pueda demostrar el perjuicio y se respeten los plazos para reclamar.
Plazos clave que todo viajero debe conocer
Aquí el Convenio es muy claro:
- Si el equipaje facturado llega dañado, existen 7 días naturales para reclamar.
- Si llega con retraso, el plazo es de 21 días.
- Y si pasan más de 21 días sin aparecer (o la aerolínea reconoce oficialmente la pérdida), se considera perdido.
En resumen, un viajero informado no deja pasar el tiempo “a ver si aparece”: reclamar a tiempo es clave.
H2 - Qué cubre exactamente el Convenio
1. Equipaje perdido: La aerolínea debe indemnizar hasta el límite fijado. Si el pasajero puede justificar el valor de lo que había dentro, mucho mejor.
2. Equipaje dañado: La aerolínea debe repararlo, sustituirlo o pagar una compensación.
3. Equipaje retrasado: El pasajero tiene derecho al reembolso de los gastos razonables que haya tenido que hacer por no tener su maleta (ropa, artículos de aseo, etc.).
La importancia del PIR
El Convenio exige que la incidencia quede registrada.
Eso se hace con un PIR (Parte de Irregularidad de Equipaje). Sin este documento, no será posible realizar una reclamación.
Debido a ello, lo recomendable es solicitarlo a la propia compañía en su mostrador. Si, en el mostrador no hubiese personal, nos podríamos dirigir al mostrador de Aena para dejar constancia de la situación, con la entrega del correspondiente documento que registre la incidencia; y, a continuación, presentar reclamación en la propia compañía a través de su web, teniendo en cuenta los plazos anteriormente indicados y guardando siempre prueba de ello (capturas de pantalla de los formularios web, emails, etc.)
¿Y qué pasa con objetos de valor?
El Convenio aconseja hacer una declaración especial de valor si el equipaje contiene objetos caros. Esto se paga aparte y permite recibir una compensación superior al límite estándar en caso de pérdida.
En la práctica: joyas, cámaras de alta gama, portátiles… mejor llevarlos siempre en cabina.
Con toda esta información en la mano, cualquier viajero puede reclamar con seguridad… y sin perderse en la burocracia.
Te ayudamos a reclamar